¿Dónde se solicita el certificado de discapacidad?
Debes acercarte a la Secretaria de Salud del lugar donde vives, y esta se encarga de indicar las IPS (instituciones Prestadoras de Salud que se encuentra autorizadas por la Secretaria de Salud).
Paso a paso para solicitar el Certificado de discapacidad
- Pedir cita con médico general de la EPS
- Asistir a la cita e indicar al médico: Vengo para que active la ruta de certificación de discapacidad.
- Recopilar la Historia Clínica donde se evidencien los diagnósticos de la persona con discapacidad (Estos deben ir con membretes del médico o IPS y con el código del diagnóstico de la CIE – 10)
- Ir a la secretaria de salud del lugar de residencia para radicar los documentos.
- Una vez se radican los documentos, se debe esperar a que la Secretaria de Salud asigne la cita con la IPS certificadora de discapacidad.
- Asistir a la cita con la IPS certificadora: Alli serán atendidos por una junta médica compuesta por 3 profesionales, en esta cita se realiza una entrevista con el fin de identificar el grado de discapacidad de la persona, según su diagnóstico, edad y condición, esto dura 30 minutos o menos.
- Recibir el certificado de discapacidad. Se recomienda sacar una copia y guardar la original en casa.
¿Qué es el certificado de discapacidad?
Es un documento intransferible que entrega el estado colombiano a una persona con discapacidad después de realizar la valoración por un equipo multidisciplinario de profesionales de la salud. En el que consta si la persona presenta una discapacidad física, mental, intelectual o sensorial.
Este certificado se registra en el sistema de Registro de Localización y Caracterización de las Personas con Discapacidad (RLCPD)
¿Para qué sirve el Certificado de discapacidad?
El certificado da acceso a beneficios locales de tipo:
- Laboral
- Educativo
- Recreativo
- Económico
- Social
Además, le permite al estado colombiano generar estadísticas de las personas con discapacidad lo cual permite la construcción y evaluación de políticas y el desarrollo de planes, programas y proyectos orientados a la garantía de los derechos de las personas con discapacidad.
¿Qué es el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad o RLCPD?
El RLCPD es la fuente oficial de información sobre las personas con discapacidad en Colombia. En él se incluyen los resultados de la certificación de discapacidad junto con datos sobre la localización y la caracterización. Esto facilita el desarrollo de políticas, planes, programas y proyectos.
¿El certificado de discapacidad es obligatorio?
No, el certificado es de libre elección y auto-reconocimiento como persona con discapacidad.
¿El certificado de discapacidad tiene costo?
No, el certificado no tiene costo.
¿Cómo se solicita el certificado de discapacidad?
Antes el procesos para solicitar el certificado se realizaba con la EPS a la que la persona con discapacidad está afiliado.
Ahora de acuerdo a la resolución 113 de 2020 la entidad responsable es la Secretaria de Salud municipal o distrital. Debes acercarte a la Secretaria de Salud del lugar donde vives, y esta se encarga de indicar las IPS (instituciones Prestadoras de Salud que se encuentra autorizadas por la Secretaria de Salud) y facilitan los datos de contacto para realizar la asignación de citas para realizar la valoración con un equipo multidisciplinario.
¿Qué pasa si ya tenía un certificado de discapacidad?
Los certificados de discapacidad expedidos bajo los términos de la circular externa 009 de 2017 de la Supersalud se entregaron hasta el 30 de junio de 2020 pero son válidos únicamente hasta el 31 de diciembre de 2021.
Lo que debes hacer es solicitar nuevamente el certificado de discapacidad acercándote a la Secretaria de Salud del lugar donde vives.
¿Se mantiene el régimen de exoneración de copagos y cuotas
moderadoras para las personas en condición de discapacidad?
De acuerdo con la Circular 016 de 2014, las personas con discapacidad que cumplan con los siguientes criterios estarán exentos de copagos y cuotas moderadoras:
Numeral 1. Las personas con discapacidad mental tienen derecho a los servicios de salud de manera gratuita, a menos que su patrimonio directo o derivado de la prestación alimentaria, le permita asumir tales gastos (Ley 1306 de 2009, artículo 12). • Numeral 4. Los niños, niñas y adolescentes de SISBÉN 1 y 2, con discapacidades físicas, sensoriales y cognitivas, enfermedades catastróficas y ruinosas que sean certificadas por el médico tratante, respecto a los servicios y medicamentos de la parte especial y diferenciada del Plan de Beneficios (Ley 1438 de 2011 artículo 18). • Numeral 8. Las personas con cualquier tipo de discapacidad, en relación con su rehabilitación funcional cuando se haya establecido el procedimiento requerido, en concordancia con los artículos 65 y 66 de la Ley 1438 de 2011 (Ley 1618 de 2013 artículo 9, numeral 9).
Si necesitas conocer más información sobre el Certificado de Discapacidad puedes consultar la página web de la Secretaria de Salud de dónde vives y revisar el: